El IRPF tributa a año vencido con lo que, en el caso de que una persona haya fallecido antes de poder presentar la declaración del ejercicio anterior -y haya obligación de hacerla-, se deberá hacer por sus sucesores en los mismos plazos que el resto de contribuyentes (1 de abril a 30 de junio). Además, al año siguiente también se tendrá que hacer con un periodo impositivo desde el 1 de enero hasta el momento del fallecimiento.
Elderecho.com – Lefebvre
¿Se debe presentar la declaración del IRPF de un fallecido?
Objetivo ‘papel cero’ en los Juzgados: Entra en vigor la obligación de presentar escritos a través de Internet
La obligación de que las comunicaciones entre profesionales de los órganos judiciales se realicen de forma exclusiva a través de medios informáticos, incluida en la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil pero válida para todos los órdenes jurisdiccionales, ya está en vigor.
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