El TS señala que, dado que la empresa ha reconocido la improcedencia surgido a raíz de la no readmisión de la trabajadora excedente, ello constituye situación legal de desempleo por lo que hay que entender que en tal fecha la empresa tenía obligación de haber dado de alta en Seguridad Social a la trabajadora, que no puede verse perjudicada por falta de cumplimiento de dicha obligación por parte del empresario, por lo que hay que entender cumplido el requisito exigido por la norma.
Elderecho.com – Lefebvre
¿Tiene desempleo la excedente voluntaria cuyo reingreso se rechaza?
Complemento por maternidad y jubilación anticipada voluntaria
El TC inadmite a trámite, por considerarla notoriamente infundada, la cuestión de inconstitucionalidad planteada respecto de la exclusión del complemento por maternidad en las pensiones de jubilación anticipada por voluntad de la interesada. Considera razonable no reconocerlo a quien acorta voluntariamente su periodo de cotización.
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