El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, avala en una sentencia la política de equipaje de cabina de Ryanair. La magistrada, de acuerdo con la jurisprudencia del TJUE y del TS, rechaza la demanda presentada por dos pasajeros a los que la aerolínea les cobró por superar el límite de volumen contratado.
Elderecho.com – Lefebvre