El consultante, trabaja por cuenta propia, teniendo acondicionada una habitación de su vivienda habitual como estudio. La vivienda no es de su propiedad, sino arrendada, por la cual abona al propietario de la misma una renta mensual de 900 euros en concepto de alquiler. ¿Qué gastos de la vivienda y de los suministros puede deducirse, todo ello en relación con el estudio sito en la vivienda? El servicio de Llamada Experta de Lefebvre – El Derecho resuelve esta cuestión.
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Actividad profesional. Gastos deducibles vivienda
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