Social

Gastos satisfechos a Seguridad Social extranjera

Los gastos satisfechos a una Seguridad Social extranjera son deducibles de los rendimientos del trabajo en el IRPF en la medida en que la legislación sobre esta materia aplicable al trabajador sea la del otro país, tenga que cotizar a la Seguridad Social extranjera por su trabajo, y las cotizaciones estén vinculadas directamente con los rendimientos del trabajo obtenidos.
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Prestaciones de Seguridad Social e intereses moratorios

Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
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El informe médico forense en el proceso social

Magistrado.
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